CUANDO EL HOMBRE ES MALTRATADO POR LA LEY
En
nuestro país, son numerosas las denuncias falsas que se
interponen en cuestiones de violencia de género y no
hay estadísticas que nos informen de ello:
1. Condenados por si
acaso
El hombre acusado por un delito de Violencia de Género es considerado
culpable hasta que demuestre su inocencia, porque en este país la palabra de una
mujer tiene presunción de veracidad.
Son miles los hombres
inocentes condenados en este país por un delito de Violencia de Género, con la
única prueba de la declaración de la supuesta víctima.
El Consejo General del Poder Judicial asegura que las denuncias falsas por
Violencia de Género solo se dan en un 0,001%, es decir, casi no existen, pero
¿cómo se utilizan los datos para conseguir estas estadísticas?, ¡Vamos a
explicarlo a través de un caso real!
2. El caso de
Francisco López
La demanda de divorcio
y la denuncia por maltrato psicológico
El Sr. Franciso López, vecino de barcelona, interpuso una
demanda de divorcio contra su esposa y solicitó la
custodia compartida de sus 4 hijos. En un procedimiento previo de medidas
urgentes la jueza le concedió la custodia compartida y quedaron a la espera del
juicio principal que se celebraría 5 meses después.
Posteriormente, Francisco estaba un día en su oficina y recibió una
llamada en la que le comunicaron que debía presentarse en menos de 3
horas en las dependencias de los Mossos de Esquadra acompañado de un abogado,
pues había sido denunciado por maltrato psicológico. Franciso no creía lo que
había escuchado y aseguró que debía ser un error. La policía le confirmó que no
había error y que debía comparecer en el plazo máximo de tres horas o
procederían a su detención.
Cuando llegó no daba crédito a lo que le sucedía, pues le contaron que su ex mujer, la Sra.
Carmen Expósito, le había interpuesto una denuncia por maltrato
psicológico en la que constaba que el Sr. Franciso López se había
llevado de su casa ocho pares de zapatos y que eso le había supuesto un trauma
psicológico y, por tanto, se sentía maltratada.
Los Mossos dijeron Francisco que entiendían que Carmen había puesto una denuncia con la finalidad de
que perdiera la custodia compartida en el juicio principal que estaba
pendiente de celebrarse, pero que como la denunciante era una mujer, ellos
estaban obligados a recoger dicha denuncia.
Dos horas después de salir de la Comisaría, Francisco empezó a recibir
llamadas de Carmen, su ex mujer, a lo que su abogada le aconsejó que no hablara
con ella porque al día siguiente iba a celebrarse un juicio rápido y no
debía mantener contacto con ella.
Las llamadas de su ex
mujer
Como no contestó al teléfono, Carmen comenzó a enviar mensajes del
tipo “cógeme el teléfono, es importante, es sobre nuestro hijo el pequeño”, y
ante estos mensajes Francisco se preocupó ¿y si le ha pasado algo al
pequeño? Entonces pidió a una amiga que llamara a su ex mujer y le preguntara
qué es lo que había pasado y Carmen le contestó: “yo no tengo que hablar
contigo”… ¡aumenta la preocupación!
A Francisco se le ocurrió una idea, llamó a los Mossos de
Esquadra y pidió que fueran ellos quienes llamaran a Carmen y preguntaran
qué había pasado porque estaba realmente preocupado. Al cabo de 5 minutos
los Mossos llamaron a Francisco, comunicándole que eso tan importante era que
el niño pequeño debía acudir a un cumpleaños y debían comprar un regalo y
debían pagarlo al 50%. ¡La policía no daban crédito! ¡Realmente una mujer
maltratada tiene que llamar a toda costa al hombre al que acaba de denunciar
horas antes para preguntar tal nimiedad!
El juicio
Al día siguiente se celebró el juicio rápido, y Carmen contó
barbaridades como que Francisco le decía “eres una mala madre”, “no
vales nada”….
Cuando le tocó el turno de preguntas a la abogada de Francisco le preguntó
a Carmen por las llamadas del día anterior y le adviertió que los Mossos de
Esquadra habían hecho constar lo ocurrido en el expediente de la causa, a lo
que no supo cómo salir de esa situación…empezó a balbucear… la habían pillado!
Bien… ¿qué pasó con este asunto? ¿se consideró ésta una denuncia falsa? La
respuesta es NO, la sentencia falló un “sobreseimiento libre”, es decir, se
archivó y cuando la abogada de Francisco insinuó a la jueza que evidentemente
esto había sido una denuncia falsa, la respuesta de la jueza fue:
Vamos a dejarlo así,
su denuncia por una denuncia falsa no va a prosperar, su cliente va a salir
libre, dejemos el asunto así.
De este modo, este asunto no entra en las estadísticas de denuncias falsas,
pues Francisco tuvo que abonar los servicios de la abogada y Carmen, al
acogerse a la justicia
gratuita, contó con un abogado de oficio que dada la naturaleza
de la denuncia, independientemente de sus ingresos económicos, no pagaría.
Este caso, tuvo un buen final para Francisco, pero muchos de ellos, este
mismo caso, si no hubiese habido esa llamada por un regalo de cumpleaños pocas
horas después de la denuncia, muy probablemente se hubiese acabado con una
condena, es decir, una orden de alejamiento y 8 o 9 meses de pena de prisión.
Aun así, Carmen consiguió su propósito, pues en el juicio principal
Francisco perdió la custodia compartida por existir mala relación entre
los progenitores; es decir, la mujer interpone una denuncia falsa sin
consecuencias para ella pero el hombre paga los honorarios de su abogada y
pierde la Custodia Compartida de sus 4 hijos.
Denuncias falsas
archivadas
Así nos encontramos con que en este país solo se consideran denuncias
falsas en casos de Violencia de Género aquellas que la propia denunciante
reconoce como falsas (roza lo ridículo pensar que una persona va a reconocer
haber interpuesto una denuncia falsa) o aquellas en las que se “pilla in
fraganti” a la denunciante, como el caso de la mujer que denunció a su
expareja por incumplimiento de orden de alejamiento, cuando éste llevaba más de
9 meses muerto; el resto de los casos son archivados sin consecuencia
alguna para la falsa denunciante y no se contabilizan como
denuncias falsas.
En innumerables
ocasiones, cuando en la sala del juicio se deja de grabar, muchos jueces
reconocen que no hay pruebas suficientes, pero “por si acaso” deben condenar,
porque la ley es la que es….
Así sucedió en el siguiente caso, que como el anterior, es un caso real:
3. El caso de Álex y
Sandra
El día 1 de julio, Álex y Sandra, una pareja separada, discutieron y
después cada uno se fue a su casa. Posteriormente y durante unos días se
estuvieron envíando whtasApps, SMS y correos electrónicos con absoluta
normalidad. El día 5 de Julio pasaron el día juntos en un parque de atracciones
junto con sus hijos, e incluso hablaron de las vacaciones, ya que aún no
contaban con la sentencia ni el convenio regulador.
Álex le propuso tener a los niños el 50% del tiempo en el periodo
vacacional y Sandra no estuvo de acuerdo. Además, ese mismo día,
Álex comunicó a Sandra que iba a solicitar la custodia
compartida de los menores, con lo que ella no tendría el uso exclusivo de
la vivienda, ni tampoco contaría con una pensión de alimentos porque cada
uno iba a mantener a los niños el tiempo que los tuvieran. Terminó el día y
cada uno regresó a su casa.
Al día siguiente, Álex se encontró con una denuncia por amenazas y
violencia en el ámbito familiar.
Se celebró un juicio y lo condenaron a unos días de trabajos en
beneficio de la comunidad y le pusieron además una orden de alejamiento de 500
metros durante un año. Motivo de la condena? En el acto del juicio Sandra llora y Álex no
hace gestos de desaprobación, por lo que, según el juez, eso significa que lo
que cuenta la mujer ¡debe ser verdad!
No hay pruebas, no hay lesiones, solo la palabra de una contra el otro,
pero el juez “curándose en salud” y “por si acaso” decide condenar al hombre
sin más pruebas que ¡las lágrimas de la mujer!
La mayoría de las denuncias por Violencia de Género se interponen cuando
los progenitores están inmersos en un procedimiento judicial por la custodia de
sus hijos, ya que así, el procedimiento civil se llevará en un Juzgado de lo
Penal especializado en Violencia contra la mujer.
4. Asesoramiento
¿Qué puede hacer un
hombre ante un caso como este?
Si un padre va a solicitar la custodia compartida de sus hijos, y la madre
no está de acuerdo:
- El
padre no debería estar a solas en ningún momento con la madre.
- El
padre debería grabar todo lo que sucede en el momento de entrega y
recogida de los menores, para que no pueda decir que le amenazó o intentó
agredir.
- El
padre debe ponerse en manos de un abogado y que sea éste el que mantenga
las pertinentes negociaciones con el abogado de la parte contraria, para
evitar que se produzcan discusiones o desencuentros que acaben con una
denuncia por Violencia de Género.
- Debe
evitar tener cualquier tipo de confrontación abierta con la otra parte, y
pase lo que pase no responder a las provocaciones, que en muchas ocasiones
están destinadas a una reacción brusca del hombre para presentarlo como
una persona agresiva.
La Ley Integral de
Violencia de Género, se creó para proteger a mujeres realmente
maltratadas, pero dada su redacción, ésta está siendo utilizada
indiscriminadamente por algunas mujeres para evitar que los padres consigan la
Custodia Compartida de sus hijos.
El art. 14 de la Constitución
Española dice que “Los españoles son iguales ante la ley, sin
que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo,
religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o
social.” Pero la realidad del día a día en los juzgados españoles es bien distinta.
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